Encontrado en: http://www3.bb.com.mx/article/articleprint/336/-1/%7Bcategory_id%7D/ |
Código de Conducta: Reglas generales de conducta, obligaciones generales, comportamiento de la norma |
Los Sujetos al Código cumplirán tanto las disposiciones generales (leyes, reglamentos, disposiciones, circulares de los organismos supervisores) como la normativa interna del Banco, incluidos en su caso el Manual de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y el Manual de Operaciones con Valores que realicen Directivos y Empleados.
Todo Sujeto al Código que resulte imputado, inculpado o acusado en procesamiento judicial, penal o administrativo deberá informar tan pronto sea posible a La Dirección de Capital Humano, la Contraloría Normativa o Auditoria Interna.
Banco del Bajío no tolerará ningún comportamiento que atente contra el espíritu de las leyes o disposiciones en materia de Derechos Humanos. Cualquier individuo cuyas acciones sean inconsistentes con dichos principios será sujeto a medidas disciplinarias, las cuales incluyen el despido.
El hostigamiento, incluido el acoso sexual, constituye una forma de discriminación. Se entiende por hostigamiento todo comportamiento, comentario, gesto o contacto que: