bajíonet 4 de julio de 2009
Banco del Bajío, S. A.
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Código de Conducta: Conflictos de interés, reglas generales

Los funcionarios y empleados pondrán siempre los intereses del Banco por encima de sus intereses personales, de sus familiares o de otras personas vinculadas con ellos. Esta regla de conducta se aplicará tanto a las relaciones de los funcionarios y empleados con el Banco como a las que mantengan con proveedores o cualquier otro tercero.

Para evitar la posibilidad de conflictos de interés, los integrantes de la Institución Sujetos al Código deberán abstenerse de intervenir en la atención, tramitación o resolución de asuntos que puedan involucrar un beneficio personal o familiar.

Los funcionarios y empleados deberán hacer del conocimiento de la Dirección de Capital Humano, la Contraloría Normativa o Auditoria Interna cualquier situación respecto a una actuación, servicio u operación concreta en la que pudiera plantearse —a juicio de un observador imparcial o ecuánime, por sus vinculaciones o por cualquier otro motivo o circunstancia— un conflicto de interés.

Los Sujetos al Código deberán en todo momento evitar tomar acciones que puedan contraponerse —o que den la imagen de que se contraponen— con los legítimos intereses del Banco. En especial, se deberá tener particular cuidado en evaluar la posibilidad de caer en un conflicto de intereses en las relaciones de negocios o personales con clientes o proveedores.

No está permitido iniciar o continuar un negocio que compita con Banco del Bajío, ni participar en cualquier actividad que pudiera comprometer a Banco del Bajío. Asimismo, en el horario de trabajo no deberá dedicarse a actividades externas, usar el equipo o instalaciones de Banco del Bajío para negocios externos. Tampoco está permitido invitar a otros empleados a participar en tales negocios.

No está permitido a los Sujetos al Código o través de sus familiares tener un interés financiero en alguna empresa de un cliente o proveedores de Banco del Bajío o en cualquier otra entidad que mantenga relaciones estrechas de negocios el Banco del Bajío. Si se encuentra en este caso, se deberá dar aviso al jefe inmediato para decidir si esto le crea un conflicto de intereses.

Aunque no se prohíbe tener un empleo fuera del horario de trabajo de Banco del Bajío, solamente es admisible si no crea algún conflicto de intereses, ni perjudica el desempeño satisfactorio del empleado dentro de Banco del Bajío.

Antes de empezar, continuar, adquirir o mantener un interés financiero en alguna empresa de un cliente o proveedor de Banco del Bajío —o en cualquier otra entidad que tenga relaciones estrechas de negocios el Banco del Bajío— o de comprometerse a efectuar un trabajo fuera del horario de trabajo de Banco del Bajío, se debe consultar al jefe inmediato para asegurase de que estas actividades no generen un conflicto de intereses.

Banco del Bajío alienta a sus empleados a participar en actividades caritativas, religiosas, educativas, cívicas y comunitarias. Esto incluye prestar servicios a organizaciones civiles o comunitarias, tales como juntas vecinales o comités escolares. No obstante, el tiempo y la atención dedicados a estas actividades no deberán interferir con el trabajo, ni representar ningún otro tipo de conflicto. Es permitido realizar actividades caritativas o comunitarias fuera del horario de trabajo. Normalmente, no se permite usar materiales, equipos o personal de Banco del Bajío para propósitos ajenos a las actividades del Banco. En casos muy especiales el Gerente podrá aprobar el uso de dichos recursos, si Banco del Bajío considera que la actividad en cuestión lo merece. No están autorizados donativos a nombre de Banco del Bajío bajo ninguna premisa.



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