bajíonet 14 de marzo de 2010
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Código de conducta: Sanciones

El incumplimiento al presente Código, puede dar lugar a sanciones laborales, sin perjuicio de las administrativas o penales que en su caso resulten.

Las Áreas de Contraloría Normativa y de Auditoria Interna serán competentes para conocer los actos irregulares o violaciones a los lineamientos contenidos en el Código de Conducta o violaciones a la normativa aplicable, ya sea interna o externa, así como la falta de observancia de controles internos y contará con las facultades para su atención y seguimiento.

Asimismo, se hará del conocimiento de la Dirección de Capital Humano todas aquellas incidencias que se denuncien o comuniquen a la Contraloría Normativa y de Auditoria Interna, a través del correo electrónico correspondiente a dicha área y que a criterio de la Contraloría resulten de importancia.

  • Cuando se trate de infracciones del Código presuntamente cometidas por miembros de la Alta Dirección del Banco. Para los efectos de este Código, se considera Alta Dirección al personal que ostente, al menos, la categoría de director ejecutivo o directores que reporten a la Dirección General.

A los Sujetos al Código que por desconocimiento, distracción, negligencia o mal desempeño en sus funciones, cometan irregularidades, sin dolo o mala fe, pero que causen daño al patrimonio, se les aplicarán las sanciones administrativas o penales correspondientes. Ninguna causa mencionada los libera de la responsabilidad del daño causado.

En caso de violaciones a los preceptos contenidos en el presente Código de Conducta, la Contraloría Normativa y Auditoria Interna darán a conocer a la Dirección de Capital Humano, a la Dirección de Riesgos y a la Dirección General tal circunstancia, de acuerdo con lo informado por los directores de área o por los indicios o datos que hayan evidenciado la conducta sancionable, comunicados en términos del segundo párrafo del presente capítulo y propondrá las sanciones que correspondan de acuerdo a las políticas institucionales vigentes en materia de Códigos de Conducta.

El área de Auditoria facilitará la información necesaria para estudiar y decidir el asunto. El Área de Capital Humano se encargará de notificar y ejecutar las decisiones adoptadas por dichos Directivos.


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