|
|
|
Estimado cliente, le informamos que a partir del 1 de julio de 2008, por disposición oficial entrará en vigor la nueva Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE), aplicable a los depósitos en efectivo en las cuentas bancarias.
Esta ley consiste en la recaudación de un impuesto de 2% (Dos por ciento) sobre la suma de los depósitos en efectivo en moneda nacional o extranjera, acumulados en todas las cuentas vigentes que Usted tenga en Banco del Bajío, cuando dichos depósitos excedan los 25,000 pesos por mes calendario. Este impuesto será cobrado de manera automática por Banco de Bajío, y será reportado directamente al Gobierno Federal.
Personas sujetas al cobro de este impuesto:
-
Personas físicas.
-
Personas físicas con actividad empresarial.
-
Personas morales.
Casos en los que no será aplicado este impuesto:
-
Cuando el monto de los depósitos en efectivo que reciban todas sus cuentas durante un mes calendario no exceda los 25,000 pesos.
-
Los depósitos recibidos mediante cheque o transferencias electrónicas.
-
Pagos electrónicos de nómina.
-
Pagos en efectivo hasta por el saldo del adeudo a tarjetas de crédito, créditos automotrices, hipotecarios o personales.
Ejemplo de cálculo del IDE
Si durante un mes calendario los depósitos en efectivo a sus cuentas en Banco de Bajío fueran por un total de $26,000 pesos, el IDE se calculará únicamente sobre el monto excedente, en este caso sobre $1,000 pesos: El banco descontará de su cuenta 20.00 pesos por concepto de Impuesto a los Depósitos en Efectivo.
Banco de Bajío le entregará una constancia, la cual contendrá un resumen mensual y el acumulado que se dará a las personas que acrediten el pago de este impuesto.
|
|
|
|